
En cumplimiento del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre del 2022, se informa que el Instituto Mexicano del Petróleo se suma a esta acción para proteger a las trabajadoras, trabajadores, personal becario, contratistas, proveedores y visitas, contra la exposición al humo de tabaco y emisiones en cualquier área de trabajo de las instalaciones del IMP.
Con la finalidad de promover el desarrollo de estas acciones tendentes a reducir el consumo de tabaco, la exposición al humo de tabaco y emisiones, se reducen las áreas para fumadores con base al artículo 60 de este Reglamento.
Las áreas destinadas para fumar están ubicadas en:
1.- Lado oriente del 2do. camellón de la entrada 100 metros y entrada de funcionarios.
2.- Edificio 27 José López Portillo y Weber, Ala C, lado poniente.
3.- Lado nor-oriente edificio 3, atrás de recepción central y lado poniente del edificio 3
Por lo anterior se solicita a la comunidad su valiosa participación con el fin de prevenir cualquier sanción administrativa que marque la Ley General para Control del Tabaco al personal o al Instituto.”