
Cuando trabajamos estamos expuestos a cierto nivel de riesgo; sin embargo, es indispensable que cuidemos la forma en que hacemos nuestras actividades en el trabajo para tratar de minimizar al máximo la presencia de un accidente laboral.
Los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que se preste, de acuerdo con el Articulo 56 de la Ley del ISSSTE. Para la calificación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, se estará a lo que establece el Artículo 58 de la misma ley.
Fundamento: Artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo y cláusula 85 del Contrato Colectivo de Trabajo.
¿Qué son los Accidente de trabajo?
Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean lugar y el tiempo en que se preste.
Fundamento: Artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo
¿Qué son las enfermedades de trabajo?
Todo estado patológico derivado de la acción continua de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios.
Fundamento: Artículo 474 de la Ley Federal del Trabajo
Recuerda:
Actuar de forma segura en todas las actividades de la vida debe constituirse en hábito. No te arriesgues. Evita los riesgos o redúcelos al mínimo. Presta atención al trabajo que realizas. La prisa es el mejor aliado del accidente. Sigue las instrucciones y cumple las normas. Si no las conoces pregunta. No improvises.