El hostigamiento sexual y el acoso sexual son formas de violencia. Conllevan humillación e intimidación. Dañan la salud, la integridad, las oportunidades profesionales y los derechos humanos de quienes las padecen.
Por las graves afectaciones que estas conductas tienen en las personas y en la sociedad, en nuestro país las leyes las reconocen como delitos y las definen de la siguiente manera:
El hostigamiento sexual: “Es el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva.”
Es una conducta que afecta a la persona que lo recibe, puesto que es sin su consentimiento, hay un ejercicio de poder, pues en esta conducta la victima tiene un cargo inferior al del agresor.
Puede darse a través de conductas verbales, físicas o ambas en uno o varios momentos e incluso el agresor puede formar parte de otra área laboral que el de la víctima.
El acoso sexual: “Una forma de violencia en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado indefenso y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.
Debes saber que el hostigamiento sexual y acoso sexual son conductas de carácter sexual no recíprocas, ofensivas y humillantes, que pueden incluir insinuaciones, manoseos, exhibiciones sexuales y amenazas