
Las personas servidoras públicas del IMP comprometidas con el entorno cultural y ecológico en el desarrollo de sus actividades evitan conductas tales como:
I. Realizar actos u omisiones que pongan en riesgo o dañen el cuidado de las áreas verdes, biodiversidad, reservas naturales y, en general, la naturaleza y medio ambiente;
II. Actuar en contravención a la cultura de uso racional de agua potable, energía eléctrica, papel o combustibles;
III. Transgredir o abstenerse de seguir y respetar las políticas ambientales, sean internas o de aplicación general de no contaminación del aire; separación de residuos y reciclaje;
IV. Realizar actos u omisiones que vulneren los derechos o manifestaciones culturales; o bien, dañen o perjudiquen los monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, y
V. No informar o denunciar ante las autoridades correspondientes los daños o afectaciones al entorno cultural y ecológico, de que se tenga conocimiento.
En la imagen Rigoberta Menchú, líder indígena y activista guatemalteca que contribuyó a la elaboración de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas en la ONU, fue nombrada Embajadora de Buena Voluntad de la UNESCO y en 1992 fue galardonada con el Premio Nobel de la Paz.
Te invitamos a consultar el Código de Conducta del IMP en:
Atentamente.
Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses