Cuidado del entorno cultural y ecológico 

Date:

Las personas servidoras públicas del IMP comprometidas con el entorno cultural y ecológico en el desarrollo de sus actividades evitan conductas tales como

I. Realizar actos u omisiones que pongan en riesgo o dañen el cuidado de las áreas verdes, biodiversidad, reservas naturales y, en general, la naturaleza y medio ambiente;  

II. Actuar en contravención a la cultura de uso racional de agua potable, energía eléctrica, papel o combustibles;  

III. Transgredir o abstenerse de seguir y respetar las políticas ambientales, sean internas o de aplicación general de no contaminación del aire; separación de residuos y reciclaje; 

IV. Realizar actos u omisiones que vulneren los derechos o manifestaciones culturales; o bien, dañen o perjudiquen los monumentos arqueológicos, artísticos o históricos, y  

V. No informar o denunciar ante las autoridades correspondientes los daños o afectaciones al entorno cultural y ecológico, de que se tenga conocimiento. 

En la imagen Rigoberta Menchú, líder indígena y activista guatemalteca que contribuyó a la elaboración de la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas en la ONU, fue nombrada Embajadora de Buena Voluntad de la UNESCO y en 1992 fue galardonada con el Premio Nobel de la Paz.

Te invitamos a consultar el Código de Conducta del IMP en: 

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/595223/CodigoIMP2021.pdf

Atentamente. 

Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Intereses