
¿Sabías que?
En la substanciación y resolución del procedimiento, los Órganos Internos de Control, las Unidades de Responsabilidades y la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial, tienen el deber de:
- OBSERVAR el marco jurídico nacional e internacional de protección aplicable, con énfasis en las normas más protectoras.
- ANALIZAR exhaustivamente y sin discriminar.
- ORDENAR Y REALIZAR actuaciones que permitan contrastar o reforzar las pruebas aportadas.
- OTORGAR las medidas y facilidades para la presentación de las partes involucradas y los testigos.
- GARANTIZAR la privacidad y confidencialidad de las manifestaciones y de la información.
- AL VALORAR las pruebas considerar la perspectiva de género.
- ANALIZAR los hechos sin estereotipos discriminatorios y de acuerdo al contexto de desigualdad.
- APLICAR la norma más protectora ante una situación asimétrica de poder o desigualdad.
- EVIDENCIAR en los argumentos finales los sesgos de género identificados.
Te invitamos a consultar el PROTOCOLO de actuación con perspectiva de género en sede administrativa en la investigación y substanciación de quejas y denuncias:
Atentamente
Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés