Capacitación y adiestramiento para el trabajo

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El Instituto Mexicano del Petróleo está obligado a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo, pero de igual manera nosotros como trabajadores estamos obligados a recibir la capacitación o el adiestramiento que nos permita elevar nuestro nivel de vida, de competencia laboral y nuestra productividad, ello a través de un programa de desarrollo laboral enfocado a las necesidades del servicio, alineados a los programas estratégicos y de negocio del Instituto.

De conformidad a lo establecido por las siguientes disposiciones legales.

Artículo 123, apartado A, fracción XIII Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, vigente:

Las empresas, cualquiera que sea su actividad, estarán obligadas a proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo. La ley reglamentaria determinará los sistemas, métodos y procedimientos conforme a los cuales los patrones deberán cumplir con dicha obligación.

Artículo 153-A, primer párrafo de la Ley Federal del Trabajo, vigente:

Los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y estos a recibir, la capacitación o el adiestramiento en su trabajo que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el patrón y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores”.

Artículo 153-D de la Ley Federal del Trabajo, vigente:

Los trabajadores a quienes se imparta capacitación o adiestramiento están obligados a:

  1. Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que formen parte del proceso de capacitación o adiestramiento;
  2. Atender las indicaciones de las personas que impartan la capacitación o adiestramiento, y cumplir con los programas respectivos; y
  3. Presentar los exámenes de evaluación de conocimientos y de aptitud o de competencia laboral que sean requeridos”.

Cláusula 72, inciso n), del Contrato Colectivo de Trabajo vigente:

Son obligaciones de los trabajadores, las siguientes:

n) Cumplir puntualmente con todas las acciones que se deriven de su programa de desarrollo laboral.

Cláusula 74, apartado Asuntos laborales, inciso a) y j) y en apartado En materia de derechos humanos laborales, inciso b del Contrato Colectivo de Trabajo, vigente:

Son obligaciones del instituto:

En asuntos laborales:

a) Realizar acciones para optimizar el uso de los recursos con el objetivo de incrementar la productividad, eficiencia, eficacia y calidad que conduzcan al cumplimiento del programa estratégico Institucional.

j) Proporcionar a los trabajadores capacitación técnica y un desarrollo laboral enfocado a las necesidades del servicio, alineados a los programas estratégicos y de negocios del Instituto, así como brindar las facilidades necesarias para que los trabajadores asistan y cumplan con las acciones que contribuyan a su desarrollo laboral como lo establece la Cláusula 76. En el caso de los trabajadores que están programados para asistir en algún evento el Instituto deberá notificarles con tres días hábiles de anticipación.

En materia de derechos humanos laborales:

b) Generar las condiciones necesarias para favorecer un clima laboral sano, realizando e implementando acciones encaminadas a prevenir, identificar, atender, erradicar y sancionar los actos de discriminación o violencia laboral considerando estos comportamientos como factores de riesgo psicosocial que afectan significativamente la salud y la productividad de los trabajadores en un marco de respeto y preservación de sus derechos.

Cláusula 76, incisos a) al f) del Contrato Colectivo de Trabajo, vigente:

Los trabajadores tendrán derecho a un programa de desarrollo para el fortalecimiento de sus capacidades y su progreso laboral, el cual será elaborado y establecido de común acuerdo entre las áreas operativas y los trabajadores, Se incorporarán en los programas y acciones, acordados y firmados entre ambas partes: su costo será cubierto por el Instituto.

El programa de desarrollo laboral tendrá por objeto:

a) Alinear el desarrollo laboral del trabajador con las prioridades establecidas en los programas estratégicos y de negocio del Instituto.

b) Incrementar el dominio técnico del trabajador y proporcionarle información sobre la aplicación de nueva tecnología, según el puesto que ocupe.

c) Especializar a los trabajadores.

d) Incrementar la productividad, eficiencia y calidad.

e) Servir como referente para mejorar los resultados en su desempeño laboral.

f) Prevenir riesgos de trabajo.

Cláusula 77, inciso a) del Contrato Colectivo de Trabajo, vigente:

Durante su desarrollo laboral, los trabajadores del IMP se comprometen a:

a) Asistir puntualmente a los cursos, sesiones de grupo y demás actividades que se establecen en la cláusula 72, inciso n) y 76; en caso de no acudir o no permanecer en las sesiones se podrá hacer acreedor a las sanciones que deriven del presente Contrato

La participación de las y los trabajadores en este centro de investigación científica, mediante el desarrollo, asimilación y transferencia de tecnología, enfocada a resolver problemáticas específicas, dista de ser estática; es dinámica, multidisciplinaria e interactiva, pues implica movilidad y cambios constantes, lo que precisa de nuevos aprendizajes y por la que nunca se termina de aprender; es por tanto que la capacitación es una constante para el Instituto, si quiere ir la vanguardia y mantenerse vigente.

Por esta razón, las acciones de capacitación, en cualquiera de sus versiones: cursos, talleres, conferencias, certificaciones, diplomados, tienen la dualidad de ser un derecho, pero también una obligación, pues ellas ofrecen desarrollo y demanda compromiso; permiten mantenerse actualizado y requiere de tiempo y espacio de quienes las reciben, para aprender nuevas realidades.

En un mundo donde la única constante es el cambio, obtener el beneficio del aprendizaje continuo es una oportunidad para mantener la vigencia laboral y desarrollar e innovar en los procesos de trabajo.

Por lo anterior nos es importante tu participación en todas las acciones que se deriven de tu programa de desarrollo laboral, para que las tareas que realices se sigan efectuando con calidad, productividad, estabilidad, permanencia y en un buen ambiente de trabajo.